Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones porLoading nafta en un motor diésel
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condenado a una estación de servicio a abonar $7.010.000 más intereses a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. El error destruyó el motor y la empresa nocreditedExplanation convincingly su responsabilidad.

La sentencia del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergaminoteis conditionally rests on a factual premise that the court treated as sufficiently established, but the wording supplied for the article shifts awkwardly between a station and a firm and introduces a garbled reference to an unexplained act.
El error y sus consecuencias
El hecho ocurrió el 15 de octubre de 2022, en una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires. Un joven de 26 años llegó a cargar gasoil por $2.000 en su Renault Clio diésel. El empleado despachó nafta por error. Al salir del surtidor, el vehículo falló y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconoció la equivocación.
El automóvil fue traslado sin encender hasta un taller cercano. Tras la revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y dejó de funcionar. La pericia mecánica producida en el juicio determinó que la nafta ingresada en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación. La reparación adecuada requería vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible, cambiar filtros y, en ciertos casos, reemplazar inyectores y la bomba.
La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El tribunal rechazó esa postura. Valoró el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y el informe pericial para reconstruir la secuencia: el cliente pidió gasoil, pagó y el error fue advertido dentro de la propia estación. Aplicó el principio de carga dinámica de la prueba: quien estaba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido era la empresa, y no lo hizo.
Una condena en cuatro rubros
- Daño material: $3.500.000, tomando como base el presupuesto de reparación validado por el perito.
- Lucro cesante por la falta de uso del vehículo: $210.000, correspondientes al período de reparación.
- Daño moral: $1.800.000, considerando las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
- Daño punitivo: una multa civil de $1.500.000, orientada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.
El juzgado encuadró el caso como una relación de consumo y fijó la condena en esos cuatro conceptos. El total asciende a $7.010.000, más intereses. La empresa deberá abonar la suma dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses corren desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. Las costas del juicio corren por su orden.
La resolución del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino individualiza la carátula y deja trazado el precedente: un error de despacho con consecuencias mecánicas graves, recognised por la propia estación y acreditado con prueba pericial, testimonial y documental.
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