La Prestación por Desempleo de Anses: dos a doce cuotas con extensión para mayores de 45 años
El organismo previsional paga entre dos y doce cuotas, según los aportes y los salarios de los tres años previos a la desvinculación. Para quienes superan los 45 años, la cobertura puede extenderse otros seis meses.

La Administración Nacional de la Seguridad Social instrumenta la Prestación por Desempleo destinada a los trabajadores en relación de dependencia que quedaron desocupados por causas ajenas a su voluntad. El beneficio distribuye un mínimo de dos cuotas y un máximo de doce, de acuerdo con los salarios percibidos y los períodos aportados durante los tres años anteriores a la solicitud. Para quienes tienen más de 45 años, la cobertura puede extenderse otros seis meses.
Quiénes pueden acceder y qué situaciones contempla
El acceso está previsto para personas que perdieron un empleo registrado por despido sin causa, por vencimiento de contrato a plazo fijo o por otras circunstancias contempladas en la Ley de Contrato de Trabajo. En todos los casos se requiere acreditar la desvinculación mediante la documentación respaldatoria correspondiente.
- Despido sin causa: telegrama, carta documento o nota del empleador con firma certificada.
- Vencimiento de contrato a plazo fijo sin renovación: copia del contrato celebrado.
- Renuncia del trabajador por causa justificada: telegramas de intimación y de desvinculación enviados.
Requisitos de aportes según la modalidad laboral
Además de acreditar la pérdida del empleo, el solicitante debe cumplir condiciones específicas de aportes. A los trabajadores permanentes se les exigen al menos seis meses de aportes dentro de los tres años previos al cese laboral. Para los trabajadores eventuales y los de temporada, el requisito es haber trabajado menos de doce meses en los últimos tres años y, en forma simultánea, superar los noventa días de aportes durante el año anterior a la desvinculación.
Cómo se tramita y cómo se cobra
La gestión puede iniciarse mediante Atención Virtual de Anses, con CUIL y Clave de la Seguridad Social. Quien aún no disponga de esa clave puede tramitarla al comenzar el trámite. La alternativa es concurrir a una oficina del organismo con turno previo. El dinero se acredita en una cuenta bancaria: la Anses habilita una Caja de Ahorro de la Seguridad Social y la entidad financiera entrega una tarjeta de débito. Si el titular ya percibe otra prestación del organismo, se utiliza esa misma cuenta, según los criterios operativos del organismo previsional. Resta confirmar cómo se actualiza el monto inicial con los recientes ajustes por movilidad aplicados a las prestaciones del organismo, ya que la pieza no precisa la fórmula de cálculo vigente al momento de la solicitud.
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