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Hasta junio de 2027, las pymes podrán pagar en cuotas sus deudas impositivas con vencimiento hasta octubre de 2026

ARCA amplió el régimen especial de facilidades de pago para MiPymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La adhesión se podrá hacer hasta el 30 de junio de 2027 y la carga en el sistema « Mis Facilidades » se habilita el 16 de noviembre.

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Ricardo FiorottoEconomía y citrus · · 2 min de lectura
Hasta junio de 2027, las pymes podrán pagar en cuotas sus deudas impositivas con vencimiento hasta octubre de 2026

Las micro, pequeñas y medianas empresas, los pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro ya cuentan con una ampliación del plan especial de facilidades de pago. Las deudas con vencimiento hasta el 31 de octubre de 2026 pueden incluirse en el régimen, con hasta 18 cuotas para las empresas más chicas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que formaliza la extensión del beneficio. La norma ya está vigente, aunque la incorporación de las nuevas obligaciones al sistema tendrá una fecha de inicio posterior.

Qué cambia respecto del régimen original

El cambio central es la extensión de la fecha de corte para las obligaciones regularizables. El esquema original alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, y ese límite pasa ahora al 31 de octubre de 2026. Además, el período de adhesión se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.

Quiénes pueden acceder y qué deudas se incluyen

  • Micro y Pequeñas Empresas.
  • Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
  • Pequeños contribuyentes.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro.

Las obligaciones que pueden regularizarse comprenden deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre. Las condiciones de financiación se mantienen respecto del esquema original: las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes acceden a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.

La carga de las nuevas deudas en el sistema « Mis Facilidades » estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción « Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026 ». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026. El trámite se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo recaudador.

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Ricardo FiorottoEconomía y citrus

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