Comida rápida: la escala salarial de octubre arranca en casi un millón de pesos y supera los 1,8 millones en los puestos de mayor calificación
El Convenio Colectivo 329/2000 fija los básicos de la rama Servicios Rápidos para el décimo mes del año, con adicionales por presentismo, antigüedad, horario nocturno y zona fría que pueden modificar el ingreso de bolsillo.

El piso de la Rama Servicios Rápidos del Convenio Colectivo de Trabajo 329/2000 se ubica en octubre de 2026 en 997.033 pesos mensuales para el aprendiz menor de dieciocho años, mientras que el techo de la escala alcanza los 1.863.345 pesos, monto que corresponde a los puestos de maestro pastelero, maestro heladero, cocinero y maestro pizzero, de acuerdo con la grilla salarial difundida por la entidad sindical que nuclea al personal de —cadenas de comida rápida— y con las escalas de referencia que se aplican en todo el país.
La escala completa, por puesto
- Aprendiz menor de 18 años: 997.033 pesos.
- Maestro pastelero, maestro heladero, cocinero y maestro pizzero: 1.863.345 pesos.
- Maestro facturero, oficial pastelero y rotisero fiambrero: 1.498.412 pesos.
- Oficial y líder de mantenimiento, minutero y parrillero: 1.311.043 pesos.
- Sandwichero, empleado administrativo y dependiente de mostrador: 1.246.146 pesos.
- Ayudante de mantenimiento y empanadero: 1.245.100 pesos.
- Ayudante pastelero, dependiente de helados, cafetero y auxiliar administrativo: 1.195.522 pesos.
- Sereno, lavacopas y peón de limpieza, carga y descarga: 1.163.517 pesos.
A esos valores se suman conceptos adicionales que pueden modificar el salario de bolsillo. El premio por concurrencia, previsto en el CCT 329/2000, equivale al 14 por ciento de la remuneración nominal bruta mensual y lo perciben los trabajadores que completan todas las jornadas asignadas sin faltas injustificadas, un mecanismo orientado a desalentar el ausentismo en una actividad con altos niveles de rotación de personal.
El adicional por antigüedad suma un 1 por ciento del básico de la categoría por cada año de servicio en la misma empresa, y comienza a computarse a partir de los dos años de trabajo, según consta en el texto convencional. En tanto, el trabajo nocturno —el comprendido entre las 21 y las 6— suma $685,60 por hora más un componente no remunerativo de $50,73 por hora, de acuerdo con la planilla vigente en octubre de 2026.
Patagonia: suplementos por zona fría
Para el personal que se desempeña en Río Negro y Neuquén rige un suplemento por zona fría de 134.690,57 pesos mensuales, más 5.306,81 pesos de carácter no remunerativo. En Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y las islas del Atlántico Sur, el adicional equivale al 40 por ciento del básico de la categoría, un diferencial sensiblemente superior al del norte patagónico.
El propio comunicado gremial aclara que los montos difundidos son básicos convencionales y que el salario de bolsillo puede variar de manera sustancial según la antigüedad del trabajador, el horario efectivamente cumplido y la provincia donde se preste el servicio. Resta confirmar la evolución de los adicionales no remunerativos en los próximos meses, dado que suelen revisarse de manera trimestral en el marco de las negociaciones paritarias del sector.
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