Aumentos escalonados para el personal doméstico: cuánto se cobra desde octubre y cómo se completan los incrementos hasta diciembre
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fijó subas mensuales entre agosto y diciembre. El ajuste de octubre alcanza el 1,7% y suma el 50% de un adicional que se venía pagando por separado. Los valores varían por hora y por mes según la categoría y la modalidad de retiro.

El personal de casas particulares comenzó a percibir desde el 1° de octubre los nuevos salarios mínimos definidos por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, en el marco de la Resolución 6/2026 publicada en las últimas semanas. La normativa estableció un esquema de incrementos mensuales que se aplica de forma escalonada entre agosto y diciembre, con subas del 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, según se desprende del texto oficial. El ajuste alcanza por igual a las retribuciones por hora y a las remuneraciones mensuales, y cubre la totalidad de las categorías contempladas en el régimen.
De acuerdo con lo dispuesto, a partir de octubre se incorpora al salario básico el 50% de la suma no remunerativa que se había abonado en agosto. Ese componente, que se pagó como concepto separado durante ese mes, oscila entre 8.000 y 20.000 pesos de acuerdo con la cantidad de horas semanales trabajadas, de modo que su incorporación al básico produce un incremento efectivo adicional al porcentaje informado. La otra mitad de esa suma no remunerativa, en caso de corresponder, se mantendrá como concepto independiente hasta tanto la comisión disponga su tratamiento definitivo.
Cómo se calculan los adicionales y los recargos
El esquema vigente prevé dos adicionales específicos. El primero es un plus geográfico del 31% sobre los haberes, aplicable a las relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo se ubique en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como en el Partido de Patagones, en el sur de la provincia de Buenos Aires. El segundo es el adicional por antigüedad, que se calcula al 1% del salario básico por cada año trabajado con el mismo empleador y se liquida únicamente sobre los años transcurridos en esa relación laboral particular, sin contemplar períodos previos con otros empleadores.
En cuanto a la jornada, los valores mínimos por hora dependen de la categoría laboral y de si la trabajadora o el trabajador cuenta con retiro del domicilio o permanece en él durante la prestación. Las horas extra trabajadas en días comunes tienen un recargo del 50% sobre el valor horario normal, mientras que ese recargo se eleva al 100% cuando las tareas se realizan los sábados después de las 13, los domingos o los feriados nacionales. La liquidación de octubre debería reflejar tanto el porcentaje de aumento del 1,7% como la incorporación parcial de la suma no remunerativa, aunque resta confirmar la difusión oficial de las escalas completas por categoría y modalidad, que la Comisión suele publicar como anexo en los días posteriores a la firma de la resolución.
- Incrementos mensuales: 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre.
- Desde octubre se suma al básico el 50% de la suma no remunerativa abonada en agosto, con montos que van de 8.000 a 20.000 pesos según las horas semanales.
- Adicional por zona geográfica del 31% para domicilios en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Partido de Patagones.
- Adicional por antigüedad del 1% del salario básico por cada año con el mismo empleador.
- Recargo del 50% por hora extra en días comunes y del 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados.
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